ELECCIONES PARA EL CONSEJO ESCOLAR
Como habréis leído en la nota que os entregaron vuestros
hijos, se abre la convocatoria para la presentación de la candidatura como
miembro del Consejo Escolar.
¿Y por qué y para qué?
Os contamos:
El
Consejo Escolar es el órgano de participación de padres, profesores, equipo
directivo y personal no docente en el control y gestión del Colegio. Su
constitución es obligatoria en todos los centros docentes sostenidos con fondos
públicos.
El Presidente del Consejo,
que es el Director (en nuestro caso, la Directora), convoca las reuniones.
Tiene que haber un mínimo de convocatorias al año, al menos una reunión por
trimestre fuera del horario escolar. De cada una, se levanta Acta.
¿Y cuáles son sus
competencias? En el Consejo se pueden tratar temas relacionados con:
- Aprobación de
presupuestos del colegio
- Aprobación del PGA
(Plan General Anual) y la última Memoria Anual
- Participación en el
proceso de admisión de alumnos
- Aprobación del Reglamento
de Régimen Interno del colegio
- Promover la conservación y renovación de las
instalaciones y del equipo escolar
- Tratar sobre medidas e iniciativas que favorezcan la
convivencia en el Centro
- Proponer las directrices para la colaboración, con fines
educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
Las
funciones del Consejo Escolar se recogen en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación
(LOE).